Reglamento de Visitas

REGLAMENTO DE VISITAS

-Aprobado en sesión especial de C.D. del 23/5/84-
-Modificado en sesión especial de C.D. del 14/5/87-
-Modificado en sesión especial de C.D. del 24/6/10-
-Modificado en sesión especial de C.D. del 22/11/12-
-Modificado en sesión especial de C.D. del 3/9/15-
-Modificado en sesión especial de C.D. del 26/4/18-
-Modificada en sesión especial de C.D. del 12/4/22-

La concurrencia de invitados a las sedes deportivas del Club queda sujeta a las siguientes disposiciones:

Artículo 1º: Los socios Vitalicios, Previtalicios, Activos y Asociadas podrán llevar invitados a los distintos campos deportivos, conforme se establece en el presente reglamento y con las particularidades propias de cada sede establecidas en los Arts. 7º, 8º y 9º..

Artículo 2º: La cantidad de invitados, aranceles de visita y derechos de uso de las instalaciones del Club, será determinado por la C.D.
Entre los martes (o lunes si la sede estuviere abierta) y viernes podrán ingresar a las sedes del club invitados con derecho al uso de las instalaciones deportivas en igualdad de condiciones que los socios y/o asociadas, o conforme oportunamente se lo reglamente por la C.D. y en todos los casos abonando el arancel que se determine específicamente. También podrán ingresar invitados al solo efecto “social”; con derecho a concurrir a bares y comedores sin derecho a practicar deportes ni utilizar instalaciones deportivas bajo ninguna modalidad, caso en el cual no se abonará arancel de acceso. .

Artículo 3º: Es obligación de los socios invitantes registrar en el libro respectivo de cada sede a las personas invitadas y abonar el arancel que eventualmente rigiere. Cada socio Vitalicio, Previtalicio, Activo y/o Asociada podrá invitar un máximo de dos personas por día. Los hijos y nietos no contarán como invitados hasta los 4 años de edad. Los infantiles y cadetes no podrán llevar invitados.

Artículo 4º: Una misma persona no podrá concurrir como invitada más de dos veces por mes a los distintos campos de deportes, aun siendo invitada por distintos socios o asociadas. No podrán concurrir como invitadas personas encargadas (i) de cumplir tareas domésticas para los socios o (ii) del cuidado de niños o adultos. Los invitados no podrán ingresar y/o permanecer en las sedes del club si el socio invitante no se encuentra simultáneamente en la sede correspondiente y por todo el tiempo que dure la visita.
En el caso de eventos interclubes, los familiares y amistades de los socios, al igual que los integrantes y acompañantes de los equipos de otros clubes o instituciones que concurran a competir en las sedes, tendrán libre acceso al solo efecto de presenciar la competencia y serán exceptuados del pago respectivo, siempre y cuando se trate de competencias previamente autorizadas por el Departamento de Educación Física (DEF).

Artículo 5º: Los socios invitantes serán directamente responsables ante el Club de los eventuales perjuicios que pudieran ocasionar los invitados.

Artículo 6º: La concurrencia de invitados a los distintos campos deportivos después de las 20 horas, con el único objeto de hacer uso del comedor, queda exenta del pago de aranceles y sujeta –en cuanto a cantidad y frecuencias- a lo que se especifique respecto de cada sede, ya sea en este reglamento o en futuras regulaciones independientes.

 

Sede Núñez

Artículo 7º: Respecto de la sede Núñez, y sin perjuicio de todo lo precedente —que solo quedará sin efecto en caso de contraponerse a disposiciones específicas que podrán ser además complementarias de lo hasta aquí regulado—, rigen las siguientes disposiciones:
a- No podrán concurrir visitas los días sábados, domingos o feriados, excepto al solo y único efecto “social” conforme se lo prevé en el art. 2º del presente, a partir de las 20:00 horas, se podrá invitar hasta 6 personas para uso exclusivo del restorán.
b- De lunes —en caso que la sede estuviera abierta— o en su defecto de martes a viernes, conforme se prevé en el art. 2° del presente, los socios y asociadas podrán ingresar con invitados al solo efecto “social”, hasta tres (3) durante el día y hasta seis (6) a partir de las 20:00.
c- No regirán las disposiciones de este reglamento para la concurrencia a las embarcaciones fondeadas en la Sede de Núñez. Sin perjuicio de ello, la cantidad de invitados por embarcación deberá ser compatible con las características del barco al cual concurran, debiendo el socio invitante, como requisito previo e indispensable, dejar asentado en el "Libro de Invitados a Embarcaciones" obrante en la Portería de la Sede, el nombre y documento de las personas invitadas.

 

Sede Palermo

Artículo 8º: Respecto de la sede Palermo, queda prohibido el ingreso de visitas de cualquier tipo. Sólo se podrán invitar hasta seis (6) personas para uso exclusivo del comedor a partir de las 20:00.

 

Sede Central

Artículo 9º: En la sede Central queda prohibido el ingreso de visitas de cualquier tipo con la sola excepción de quienes concurran exclusivamente a la biblioteca, al restaurante y/o al bar, en forma gratuita y sin otras restricciones que las que surjan del reglamento de uso de tales espacios por razones de organización y capacidad.